COBERTURA DE PUESTO DE TRABAJO POR EL PROCEDIMIENTO DE OFERTA GENÉRICA EN LA CATEGORIA DE ENFERMERO/A COORDINADOR/A PARA LA DIVISIÓN SUC LPA

RESULTADO BAREMACION DEL PROCESO

COBERTURA DE PUESTO DE TRABAJO POR EL PROCEDIMIENTO DE OFERTA GENÉRICA EN LA CATEGORIA DE ENFERMERO/A COORDINADOR/A PARA LA DIVISIÓN SUC LPA

1.- Objeto
Las presentes bases específicas rigen las convocatorias de pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna y por el procedimiento de convocatoria pública las plazas convocadas en el Anexo I.

El objeto de esta convocatoria es la realización de un proceso de selección de personal para la contratación temporal mediante la vía de oferta genérica y posterior procedimiento selectivo en el que intervendrá la Representación Legal de las Personas Trabajadoras (RLPT) conforme al convenio colectivo.

En el tiempo que medie entre la convocatoria de la plaza y su resolución, la empresa podrá hacer uso de contrataciones temporales por el tiempo necesario para llevar a cabo las convocatorias pertinentes, no superando en ningún caso los 11 meses.

La empresa procederá posteriormente a la convocatoria pertinente de la categoría laboral correspondiente.

La selección se realizará atendiendo a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, se llevará a cabo mediante el procedimiento recogido en estas bases y garantizará en todo momento su publicidad y concurrencia.

2.- Normas de aplicación
La cobertura de puestos de trabajo se regirá por lo dispuesto en las presentes bases, y, supletoriamente, por lo dispuesto en el Convenio Colectivo.

3.- Requisitos generales
Para poder participar en las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1.- Tener la nacionalidad española. También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles, a excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:
a)Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
b)El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados Miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
c)Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
2.- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes al puesto al que se opta.
3.- Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
4.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas y sus empresas públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las que desempeñaban, en el que hubiese sido despedido o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
5.- Dominio de la lengua española.
6.- Estar en posesión del título universitario de Diplomado Universitario/Grado en Enfermería. En el caso de titulaciones obtenidas fuera de España deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
7.- Estar colegiado en el Colegio Oficial de Enfermería de la provincia correspondiente
8.- Experiencia y formación conforme al siguiente baremo:

CRITERIOS DE VALORACIÓN PUNTUACIÓN
Experiencia ≥ <
Experiencia de 5 años en el ámbito de Atención Primaria (AP) 4 2
Experiencia de 2 años en Unidades de Atención Familiar 3 1,5
Experiencia de 2 años en Servicios de Urgencias AP/Atención Hospitalaria (AH), Atención Continuada AP, Incidencias AP 3 1,5
Experiencia de 2 años en GSC como EC en el SUC Sala de Coordinación Operativa 2 1
Experiencia de 1 año enfermería gestora de casos o enfermería de enlace 1 0,5
Especialidad de 1 año en Enfermería Familiar y Comunitaria / Geriatría 0,5 0,25
Experiencia de 1 año en GSC como EC en el SUC Línea de Atención al Coronavirus 0,5 0,25
Formación Título
Doctorado (en el sector) 2,5
Máster en relación con el ámbito requerido: Cronicidad 2
Experto en relación con el ámbito requerido: Cronicidad 0,75
Formación continuada en el sector: más o igual a 15 CFC en total 0,50
Formación continuada en el sector: menos de 15 CFC en total 0,25

Se requiere disponibilidad para la incorporación inmediata, así como para trabajar en turnos rotativos, incluyendo fines de semana y festivos.
En la solicitud de participación a las pruebas selectivas las personas aspirantes declararán bajo su responsabilidad que son ciertos los datos expresados en la misma y que reúnen todos los requisitos exigidos. Éstos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, así como mantenerse durante todo el proceso selectivo y en el momento de la firma del contrato.

GSC se reserva el derecho de realizar de oficio en cualquier momento, una valoración médica de los aspirantes de no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni minusvalía de cualquier tipo que le imposibilite la prestación del trabajo y el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. La no asistencia por el aspirante a la cita de la valoración médica supondrá de inmediato la exclusión del procedimiento y/o de la lista de reserva.

4.- Solicitudes de participación y plazos
El anuncio de la convocatoria será publicado en la página web de la entidad. www.gsccanarias.com.
Quienes deseen participar en las pruebas selectivas deberán hacerlo exclusivamente a través del formulario específico establecido que estará disponible en la sede electrónica.

El plazo de presentación de solicitudes será de cinco (5) días naturales, contados desde el día siguiente a la fecha de la publicación del anuncio en la página web de la entidad (Desde el 31/01/2025 a las 00:00 horas hasta el 14/02/2025 a las 23:59 horas) Referencia de la convocatoria 500/2025 . Las solicitudes presentadas que contravengan lo expuesto en estas bases, carecerán de validez con las consecuencias que de ello derive. La participación en estos procesos selectivos supone la aceptación del tratamiento de los datos de carácter personal recogidos en la solicitud para las publicaciones en tablones de anuncios y página web.

Los interesados/as en los puestos ofertados deberán presentar la siguiente documentación:
1.- Impreso normalizado de solicitud de admisión cumplimentado (Anexo II).
2.- Titulación académica obtenida.
3.- Certificado expedido en fechas previas a la presentación de la candidatura por la Seguridad Social sobre la vida laboral (máximo 1 mes).
4.- Certificados de los méritos alegados conforme al baremos del apartado 8 “Experiencia y formación” de las presentes bases. No se admitirán solicitudes sin la referida documentación adjunta a la misma.
5.- Currículum vitae actualizado.
6.- Copia del DNI.
7.- Formulario Excel Auto baremación.
Las solicitudes deberán entregarse a través de la sede electrónica de la empresa, accediendo a la siguiente dirección: https://gsccanarias.sedelectronica.es/, seleccionando “Procesos de Selección GSC” – “Selección convenios 2025” – “Convocatorias en curso” cumplimentar el formulario “Solicitud de Admisión a procedimiento de Selección Convenios GSC” y presentado la documentación pertinente.
Las solicitudes presentadas que contravengan lo expuesto en estas bases, carecerán de validez con las consecuencias que de ello derive. La participación en estos procesos selectivos supone la aceptación del tratamiento de los datos de carácter personal recogidos en la solicitud para las publicaciones en tablones de anuncios y página web.
No se recogerán solicitudes presentadas en papel.
5.- Admisión de aspirantes.
Serán admitidas todas las solicitudes que cumplan con los requisitos exigidos, excluyéndose aquellas que no los cumplan.
6.- Valoración
Se valorarán todas las solicitudes que cumpliendo con los requisitos han remitido el formulario de autobaremación, conforme al resultado del mismo y debidamente acreditados los méritos alegados.
Dicha valoración se realizará por parte de la División SUC en representación de la entidad, con la participación de la RLPT, verificando la veracidad de la información conforme a la acreditación de méritos.
7.- Criterios de valoración y análisis de méritos e historial profesional
No se valorará la experiencia que no guarde relación con el puesto convocado.
La puntuación relativa a la experiencia será la de contratos de trabajo a tiempo completo. En el supuesto de contratos a tiempo parcial se ponderará el tiempo de la experiencia demostrado en función de la proporción que resulte de dividir la jornada diaria de trabajo del contrato a tiempo parcial con respecto a la jornada diaria de un contrato a jornada completa.
Si no se acredita la duración de la formación no se puntúa.
8.- Puntuación total (20 puntos)
La puntuación total se obtiene por la suma de las puntuaciones obtenidas en el baremo cuyos resultados determinarán el orden de la lista de selección del proceso a efectos de contrataciones.
GSC se reserva la capacidad de realizar cualquier otra actuación dentro del proceso de selección encaminada a determinar con garantías la mayor adecuación de los seleccionados.
En caso de empate se llevará a cabo una entrevista personal con las candidaturas en tal situación para dirimir el desempate en función de las apreciaciones y valoraciones correspondientes por la parte entrevistadora.
9.- Participación por promoción interna
De acuerdo con el contenido del convenio colectivo, podrá participar en el procedimiento el personal de GSC que reúna la titulación y condiciones requeridas, aun siendo la categoría del mismo grupo o inferior, conforme al apartado 3 “Requisitos generales” y resultados del correspondiente baremo.
En la selección de candidaturas y conformación de la lista de contratación se dará prioridad a los/as candidatos/as que hayan sido seleccionados del proceso de promoción interna. Los/as candidatos/as correspondientes al proceso de convocatoria pública se situarán en su orden de prelación, a continuación de los anteriores.

ANEXO I: CONDICIONES DEL PUESTO OFERTADO

DENOMINACIÓN PUESTO DE TRABAJO Y PLAZAS:
Categoría: Enfermero/a Coordinador/a.
Puesto: Enfermero/a Coordinador/a LAPC (línea atención pacientes crónicos)
Plazas: 5

LOCALIZACIÓN HABITUAL DE TRABAJO: Las Palmas de Gran Canaria / Sta. Cruz de Tenerife.

DEPENDENCIA: División SUC

MISIÓN / FUNCIONES PRINCIPALES: Prestación del servicio de atención telefónica no urgente a los pacientes crónicos de alta complejidad en la Comunidad Autónoma de Canarias.
La categoría de Enfermero Coordinador de la LÍNEA DE ATENCIÓN AL PACIENTE CRÓNICO COMPLEJO EN CANARIAS es responsable de dar la respuesta más adecuada a las demandas de pacientes crónicos de alta complejidad y/o sus personas cuidadoras facilitando, siempre que sea viable, que el paciente permanezca el mayor tiempo posible en su entorno.

Está enfocada en la gestión de caso, coordinación, promoción de la educación para la salud y seguimiento, para orientar, dar apoyo a los cuidados y dar soluciones a problemas de salud no urgente, dudas de ámbito farmacológico relacionados con su tratamiento y/o consultas de índole administrativo. En caso de necesidad de atención urgente, gestionará el caso de la manera más idónea en coordinación con el SUC y el SCS.

REMUNERACIÓN: La remuneración bruta total se distribuye en una cantidad fija en concepto de salario base y pluses de convenio, a razón de catorce pagas (doce mensualidades y dos pagas extraordinarias: una en junio y otra en diciembre) y en una parte variable en concepto de plus por logro de objetivos trimestrales pactados y alcanzados con la empresa, de acuerdo con la evaluación del desempeño de los mismos. La cuantía de la remuneración será la establecida para la categoría en el convenio de la empresa.

JORNADA Y HORARIO DE TRABAJO: La jornada máxima anual de trabajo efectivo se fija en 1.470 horas. En la jornada anual máxima descrita ya se encuentran descontados los días de vacaciones, asuntos personales, compensación de festivos y compensación por reducción de horarios de verano y navidad. El trabajo se organizará en turnos de mañana, tarde o noche, incluyendo festivos y fines de semana. Existirá un sistema de localización durante todo el año para la cobertura de contingencias relacionadas con el puesto de trabajo, exceptuando las vacaciones anuales. No obstante, la jornada laboral puede ser modificada en el futuro, tanto con carácter general como para el puesto de trabajo concreto.

DERECHOS DE IMAGEN Y PROPIEDAD INTELECTUAL: El o la contratado/a acuerda ceder su derecho de imagen dentro del ámbito de prestación de su actividad, no pudiendo llevar a cabo, en lo que al ejercicio de su profesión se refiere, alegación alguna al respecto. GSC se reserva los derechos de propiedad intelectual de todos los trabajos y la documentación realizada por el contratado en Congresos, exposiciones, cursos u otros eventos o actividades de difusión o promoción, que tengan relación con el ejercicio de su profesión dentro del objeto de su contrato.

CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN: La persona contratada se comprometerá a guardar la confidencialidad de datos y situaciones que pudiera conocer con ocasión de su actividad. Su incumplimiento será causa de responsabilidad penal y civil. La utilización de datos tanto cualitativos como cuantitativos para la realización de estudios, estadísticas y demás toma de datos, así como la de su exposición en jornadas, congresos y demás eventos, queda supeditada a la autorización expresa de la Dirección Gerencia de GSC.

INCOMPATIBILIDAD: El/la trabajador/a se encontrará en todo momento afecto por la normativa de Incompatibilidades del personal al Servicio de la Administración Pública, por lo que no podrá prestar actividad alguna –pública o privada- sin la previa concesión de la compatibilidad por parte del órgano competente de la administración. La inobservancia de dicha regulación podrá suponer la resolución del contrato con GSC, sin perjuicio de las medidas disciplinarias que pudieran adoptarse por el otro órgano contratante.

PERÍODO DE PRUEBA: De conformidad con lo dispuesto en el convenio colectivo, se establece para este personal un periodo de prueba de 60 días. Se considerará superado el periodo de prueba en aquellos casos en los que se efectúe actividad laboral discontinua en el puesto, siempre y cuando se supere los 60 días en un año, independientemente del número de contratos efectuados al trabajador.

Página: COBERTURA DE PUESTO DE TRABAJO POR EL PROCEDIMIENTO DE OFERTA GENÉRICA EN LA CATEGORIA DE ENFERMERO/A COORDINADOR/A PARA LA DIVISIÓN SUC LPA Fecha de impresión: 05/04/2025 - 13:35:57 UTC Última actualización: 21/03/2025 - 07:43:15 Fecha publicación: 18/03/2025 - 14:21:34 Fecha creación: 18/03/2025 - 14:21:34
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