I.- CONDICIONES GENERALES
Primera.- Objeto.
El objeto de esta convocatoria es la realización de una selección de personal que, de acuerdo con los principios de igualdad, concurrencia, mérito y capacidad, formarán parte de las listas de reserva para realizar sustituciones con carácter temporal en la categoría GESTOR DE RECURSOS.
Asimismo, podrán ocupar puestos vacantes de carácter indefinido conforme al proceso establecido en el Convenio Colectivo de la entidad.
Los seleccionados formarán parte de una base de datos que permitirá la incorporación de personal de la categoría referida en la medida que surjan necesidades. Dicha base de datos tendrá una validez de 1 año a contar desde la firma del acta correspondiente de la presente selección de personal.
Segunda.- Normas de aplicación.
La cobertura de puestos de trabajo mediante estas listas de reserva se regirán por lo dispuesto en las presentes bases, y, supletoriamente, por lo dispuesto en el Convenio Colectivo.
Tercera.- Requisitos generales
Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados habrán de reunir los siguientes requisitos, el último día de presentación de solicitudes y conservarse hasta el momento de la contratación:
1.- Tener la nacionalidad española o de cualquier otro Estado Miembro de la Unión Europea. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente, podrán participar aquellas personas incluidas dentro del ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Por último, podrán hacerlo quienes, no estando comprendidos en los anteriores apartados, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado de trabajo. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, de residencia permanente, en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.
2.- Haber cumplido la edad de 18 años, y reunir los requisitos del artículo 7 del Estatuto de los trabajadores, y no exceder de la edad ordinaria de jubilación establecida legalmente.
3.- Domino de la lengua española.
4.- Estar en posesión de la titulación académica y/o profesional de Título de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Medio (CFGM) o equivalentes, y de los demás requisitos que se determinan en la convocatoria.
5.- Carnet de conducir Clase B en vigor
6.- No padecer enfermedad o discapacidad física que impida el desempeño de las tareas y funciones que corresponden a la categoría convocada.
7.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas y sus empresas públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las que desempeñaban, en el que hubiese sido despedido o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
8.- Disposición para efectuar desplazamientos, en el territorio de la Comunidad Autónoma .
Todos los requisitos enumerados en el apartado anterior deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de tareas o funciones correspondientes, y siempre que no sea necesaria la adaptación funcional del puesto de trabajo.
GSC se reserva el derecho de realizar de oficio en cualquier momento, tanto durante el transcurso del procedimiento de selección como mientras tenga vigencia la lista de reserva, una valoración médica de los aspirantes de no padecer enfermedad infecto-contagiosa ni discapacidad de cualquier tipo que le imposibilite la prestación del trabajo y el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. La no asistencia por el aspirante a la cita de la valoración médica supondrá de inmediato la exclusión del procedimiento y/o de la lista de reserva.
Cuarta.- Valoración General.
Se valorarán los siguientes aspectos según la tabla de criterios de valoración del Anexo I:
1.- Titulación académica: máximo 3 puntos.
2.- Experiencia profesional acreditada en el ámbito de la seguridad pública concerniente a la atención, coordinación, gestión y planificación directa de situaciones de emergencias y urgencias: máximo 3 puntos.
3.- Cursos, jornadas, seminarios, etc., realizados en organismos oficiales o centros homologados en materia de atención, coordinación y gestión de emergencias y/o urgencias: máximo 2 puntos.
4.- Cursos de idiomas y/o ofimática (Access, Excel, Word e Internet): máximo 2 puntos.
Quinta.- Documentación
Los requisitos y la valoración general expresados anteriormente, se declararán y deberán cumplirse tanto en el momento de presentación de la solicitud de participación, como durante todo el proceso selectivo y hasta la fecha de ser llamados para la contratación.
Los interesados/as en los puestos ofertados deberán presentar la siguiente documentación:
1.- Impreso normalizado de solicitud de admisión en el procedimiento (Anexo II) disponible para su descarga en la web de GSC www.gsccanarias.com.
Se deberá especificar en el impreso normalizado de solicitud de admisión, dentro de la casilla Puesto (referencia):
2.- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, y que residan en España, deberán presentar la tarjeta de residente comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo. Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea, y que no residan en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia, deberán presentar el Documento Nacional de Identidad o pasaporte en vigor.
3.- Declaración responsable, de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas y sus empresas públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública, mediante el formulario (Anexo III) disponible en la web de GSC www.gsccanarias.com
4.- Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria (dominio de la lengua española y disposición de efectuar desplazamientos en el territorio de la Comunidad Autónoma) mediante el formulario (Anexo III) disponible en la web de GSC www.gsccanarias.com
5.- Fotocopia de la Titulación académica. Asimismo, las personas que no posean el título de Bachiller o de Grado Medio (CFGM) pero si su equivalente, deberán presentar la titulación que posean y el correspondiente certificado de equivalencia expedido por la Consejería de Educación. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
6.- Fotocopia del Carnet de conducir Clase B en vigor.
7.- Fotocopias de los certificados de los méritos alegados en el apartado 1, 2, 3 y 4 del Anexo I de las presentes bases. No se admitirán solicitudes sin la referida documentación adjunta a la misma.
8.- CV actualizado con fotografía reciente.
9.- Para acreditar la experiencia profesional deberán enviar los documentos correspondientes de al menos uno de los siguientes apartados, para cada experiencia profesional a tener en cuenta:
Contratos de trabajo y/o de servicios que acrediten la categoría profesional y/o los trabajos que ha realizado.
Certificados de funciones firmados por las empresas donde haya prestado sus servicios con especificación de las funciones realizadas y del tiempo de duración del trabajo realizado bien por cuenta ajena o propia.
Informe de vida laboral actualizado con una antigüedad máxima de 2 meses a la fecha de presentación. En el caso de personas trabajadoras por cuenta propia, se exigirá la certificación de alta en el censo de obligados tributarios, así como una declaración de la persona interesada con el detalle de las actividades y funciones realizadas en ese periodo.
La acreditación de los requisitos y méritos se aportarán a la Unidad de Recursos Humanos una vez finalizado el proceso selectivo por parte de los aspirantes seleccionados. En el caso de que los requisitos y méritos no se aporten por el interesado o aportados no se correspondan con los justificantes existentes en el expediente por el interesado, éste quedará automáticamente excluido del proceso, sin perjuicio de las acciones legales que se pudieran emprender por parte de la empresa. La acreditación mencionada se realizará en la Unidad de Recursos Humanos mediante la entrega de documentación original para su cotejo con las fotocopias entregadas durante el proceso. El plazo para cumplir con este requisito será de 7 días hábiles desde la comunicación realizada al interesado.
Las solicitudes y la documentación acreditativa de los requisitos y los méritos detallada anteriormente podrán entregarse a la atención de la División de Recursos Humanos y Relaciones Laborales por correo electrónico a: ConvGR2020@gsccanarias.com
Instrucciones de entrega de la documentación requerida en las bases de la convocatoria.
Se informa a los/as aspirantes que participen en el proceso de selección, que la documentación necesaria para acreditar los requisitos y la valoración general indicados en las bases de la convocatoria, deberá presentarse en formato PDF diferenciada en bloques, con portadas independientes adjuntas a la presente convocatoria y en el siguiente orden:
Bloque I Requisitos:
Anexo II
Anexo III
Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte en vigor
CV actualizado
Fotocopia de la Titulación académica exigida como requisito
Fotocopia del Carnet de conducir Clase B en vigor
Bloque II Valoración general:
Fotocopia de otras titulaciones académicas.
Documentación requerida para acreditar la experiencia ordenada cronológicamente (Informe de vida laboral, contratos y/o Certificados de funciones).
Fotocopia de los Cursos, jornadas, seminarios, etc., ordenados por orden descendente de número de horas de impartición.
Fotocopias de los Cursos de idiomas y/o ofimática ordenados por orden descendente de número de horas de impartición.
Aquellas solicitudes cuya documentación no sea presentada diferenciada en bloques y en el orden que se indica no podrá ser tenida en cuenta a los efectos de su correspondiente valoración.
Sexta.- Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha de la publicación del anuncio de la convocatoria en la página web de GSC.
Las solicitudes presentadas que contravengan lo expuesto en esta base, carecerán de validez con las consecuencias que de ello derive.
La participación en estos procesos selectivos supone la aceptación del tratamiento de los datos de carácter personal recogidos en la solicitud para las publicaciones en tablones de anuncios y página web, así como para la gestión de la lista de reserva resultante de los mismos.
Séptima.- Mesa de Evaluación
Todas las pruebas serán elaboradas, confeccionadas y calificadas por una Mesa de Evaluación integrada por un máximo de cinco personas de igual o superior categoría profesional a la plaza objeto del concurso. Los miembros de la Mesa pertenecientes a la empresa serán designados por parte de la misma y los dos miembros pertenecientes a los comités de empresa serán designados por los comités de empresa respectivos en el supuesto de que las plazas convocadas sean a nivel regional (uno de Las Palmas y otro de Santa Cruz de Tenerife), o designados directamente por el comité de empresa correspondiente en el supuesto de plazas convocadas a nivel provincial.
La Mesa de Evaluación se regirá por los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus integrantes y tendrá como misión la realización del proceso de selección garantizando los principios de equidad e imparcialidad para la búsqueda del mejor perfil profesional.
Octava.- Sistema Selectivo
La selección del candidato/a será efectuada atendiendo a los criterios de selección que se determinen, con el objetivo de seleccionar al candidato/a que mejor se adecue al perfil del puesto convocado.
Se dará respuesta a todas las solicitudes, devolviéndose la documentación original a quienes no hayan sido seleccionados si así lo desean y garantizándose la oportuna confidencialidad.
El proceso de selección consistirá en la totalidad o parcialidad de las siguientes fases:
Fase I: Comprobación de la documentación presentada y del cumplimiento de los requisitos (admitidos y/o excluidos).
Fase II: Test Psicotécnico y/o Prueba de conocimientos (5 puntos)
Fase III: Valoración del historial profesional (3 puntos)
Fase IV: Entrevista Personal (2 puntos)
Fase V: Curso de Formación teórico y práctico (apto o no apto)
Fase I – Comprobación de la documentación presentada y del cumplimiento de los requisitos imprescindibles:
Todos los requisitos son de obligado cumplimiento para participar en el proceso de selección, por lo que, la no acreditación de uno sólo de ellos supondrá la exclusión del proceso selectivo.
A la vista del resultado del análisis de la documentación aportada por los/as aspirantes, se emitirá un listado provisional de aspirantes admitidos y/o excluidos del proceso selectivo. Los/as aspirantes dispondrán de 48 horas a contar desde la publicación del listado provisional de esta fase, para subsanar las solicitudes presentadas mediante la aportación de documentación de la forma que se especifique en el listado publicado.
Finalizado este plazo, se publicará el listado definitivo de aspirantes admitidos/as y/o excluidos/as, surtiendo efectos de resolución de las subsanaciones que se hayan presentado a la lista provisional. Por lo que, no cumplimentar correctamente el impreso de solicitud de participación, y/o no adjuntar la documentación señalada en el apartado quinto de las presentes bases, supondrá la exclusión del proceso selectivo.
Estas publicaciones se realizarán en la web de GSC www.gsccanarias.com
Fase II: Test Psicotécnico y Prueba de conocimientos general y técnico (5 puntos)
Esta fase según los resultados en cada caso es excluyente en el proceso de selección y consistirá en la realización de una prueba psicotécnica y una prueba de conocimientos general y técnico.
Test Psicotécnico:
Conllevará la realización de una prueba psicotécnica, que tendrá como finalidad evaluar la personalidad y/o las aptitudes psicológicas relacionadas con el adecuado desempeño del puesto al que aspiran.
Tras la corrección de la prueba, se emitirá un listado provisional con los resultados obtenidos en la misma por los/as aspirantes admitidos/as. Siendo admitidos los 250 mejores resultados (125 por provincia) conforme al percentil de corte correspondiente, excluyéndose el resto.
Prueba de conocimientos general y técnico:
Consistirá en la realización de ejercicios teórico tipo test (máximo 10 puntos) que se deberá resolver, en un período máximo de una hora, constará de 50 preguntas tipo test relacionadas con el temario específico que se relaciona en el Anexo IV de estas bases y disponible en la web de GSC www.gsccanarias.com
Se calificará de 0 a 10 puntos, aunque se prorrateará el resultado final en función de los puntos máximos de esta fase (5 puntos). En este ejercicio por cada pregunta incorrecta se descontará el 33% del valor de una pregunta correcta, es decir, 0,0165.
Los aspirantes serán convocados para estos dos ejercicios en un único llamamiento, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan. Se realizará en el mismo día, primero la prueba psicotécnica y a continuación el ejercicio teórico.
La puntuación total de esta Fase II será aquella puntuación obtenida en el ejercicio teórico de la prueba de conocimientos general y técnico.
Esta fase es excluyente y se necesita obtener un mínimo de 5 puntos para pasar a la siguiente fase.
Tras la corrección de las pruebas, se emitirá un listado provisional de puntuaciones obtenidas por los/as aspirantes admitidos/as.
Durante las 48 horas siguientes a contar desde la publicación, los aspirantes podrán efectuar reclamaciones a la dirección de correo electrónico habilitada para ello. Trascurrido dicho plazo se publicará el listado definitivo con el resultado, que surtirá efectos de resolución de las reclamaciones que se hubieren formulado y se convocará a la fase siguiente a los aspirantes admitidos/as.
Estas publicaciones se realizarán en la web de GSC www.gsccanarias.com
Para la realización de las pruebas los aspirantes deberán estar provistos del DNI o documento identificativo análogo. Durante el proceso selectivo se podrá solicitar a los/as aspirantes aclaraciones, documentación original o información adicional sobre los extremos recogidos en el currículo.
Fase III: Valoración del historial profesional (3 puntos).
Los criterios de valoración de los méritos se encuentran recogidos en el Anexo I y disponible en la web de GSC www.gsccanarias.com.
Tras la finalización de la baremación de los méritos, se emitirá un listado provisional de puntuaciones de los/as aspirantes admitidos/as.
Durante las 48 horas siguientes a contar desde la publicación, los aspirantes podrán efectuar reclamaciones a la dirección de correo electrónico habilitada para ello. Trascurrido dicho plazo se publicará el listado definitivo con el resultado, que surtirá efectos de resolución de las reclamaciones que se hubieren formulado y se convocará a la fase siguiente a los aspirantes.
Estas publicaciones se realizarán en la web de GSC www.gsccanarias.com
Durante el proceso selectivo se podrá solicitar a los/as aspirantes aclaraciones, documentación original o información adicional sobre los extremos recogidos en el currículo.
Fase IV: Entrevista personal (2 puntos)
La fase de Entrevista Personal (individual) se realizará por la Mesa de Evaluación, para valorar la adaptación e idoneidad del perfil de los candidatos al del puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria, a tales efectos consistirá en una presentación libre en Power Point de 10 minutos de duración sobre cualquier temario de las bases a lección del candidato.
Para la realización de las entrevistas los aspirantes estarán provistos del DNI o documento identificativo análogo.
Tras realizar las entrevistas, se emitirá un listado provisional de puntuaciones de los/as aspirantes admitidos/as en esta fase.
Durante las 48 horas siguientes a contar desde la publicación, los aspirantes podrán efectuar reclamaciones a la dirección de correo electrónico habilitada para ello. Trascurrido dicho plazo se publicará el listado definitivo con el resultado, que surtirá efectos de resolución de las reclamaciones que se hubieren formulado.
Estas publicaciones se realizarán en la web de GSC www.gsccanarias.com
Una vez finalizadas todas las fases descritas hasta ahora del proceso, se publicará un listado con el desglose de puntuaciones totales obtenidas en cada una de ellas, y la puntuación total como resultado de la suma de las puntuaciones obtenidas en cada fase. Dicho listado determinará los/as candidatos que han superado el proceso de selección, según la puntuación alcanzada, por orden de mayor a menor y marcará el orden por el que se irán convocando a los/as aspirantes a la fase V del curso de formación, de tal modo que los que superan dicha fase continuarán en la lista de reserva y los que no la superen serán excluidos de la referida lista.
Dicha lista constituirá la lista de reserva para la cobertura del puesto, cuando acontezca cualquier circunstancia que precise su cobertura temporal (suspensiones temporales del contrato, licencias, permisos, etc).
Fase V: Curso de Formación
Una vez terminadas las tres fases anteriores, con aquellos aspirantes cuya suma de puntuaciones obtenidas en las fases II, III y IV sea igual o superior a 5 puntos, se organizará un curso de formación. La formación teórica-practica como gestor de recursos se dará sólo a los 60 primeros candidatos por provincia según el orden de puntuación de las fases II, III y IV referidas.
Esta fase se calificará como de APTO o NO APTO tanto en la formación teórica como la práctica.
Este curso de formación se impartirá gradualmente partiendo de los primeros 10 candidatos, estableciéndose una formación progresiva en grupos de 10 que se irá impartiendo al termino de los anteriores hasta la formación de todos los candidatos de la lista, todo ello en función de las necesidades organizativas de la empresa y de las necesidades de contratación que se generen, siempre atendiendo al orden de la lista de reserva que se derive del procedimiento.
Puntuación
La puntuación total se obtiene por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases II, III y IV. Pasarán a integrar la lista de reserva definitiva los/as candidatos/as que hayan obtenido la mayor puntuación hasta un máximo de 60 por provincia que deberán tener la consideración de APTOS en el curso de formación, pues en caso de no superación de cualquiera de las partes del curso de formación (teórico y práctico) el candidato quedará automáticamente excluido de la lista de reserva definitiva.
Para superar todo el proceso, los/as candidatos/as tendrán que obtener un mínimo de 5 puntos y obtener la calificación de APTO en el curso de formación.
En caso de empate en la puntuación final el criterio a seguir será el de mayor puntuación en la Fase II, a continuación el de mayor puntuación en la Fase III, a continuación el de mayor puntuación en el Ejercicio teórico tipo test de la Fase II, a continuación el mayor número de respuestas acertadas en el Ejercicio teórico tipo test de la Fase II continuando con el menor número de respuestas erróneas de la misma en el ya referido Ejercicio teórico tipo test y finalmente el menor número de respuestas en blanco. En caso de continuar el empate, se utilizará el sorteo.
Novena.- Lista de reserva
Los aspirantes que superen el proceso de selección antes descrito (pendientes sólo de la fase V) serán indexados en una lista de reserva provisional para realizar sustituciones con carácter temporal, en orden de méritos en función de la puntuación obtenida en el proceso de selección, sólo figurando en ella aquellos considerados aptos.
Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Fase V, relativa al curso de formación, esta lista de reserva provisional se determinará en función de los resultados obtenidos de las fases II, III y IV descritas con anterioridad. A medida que surjan necesidades de contratación se irán convocando cursos de formación (fase V) de tal modo que los que superan dicha fase continuarán en la lista de reserva y los que no la superen serán excluidos de la referida lista.
Aquellos trabajadores que figuren vigentes en la lista de reserva inmediatamente anterior a la presente, para la misma categoría profesional, que hayan sido contratados durante la vigencia de la misma y mantengan en vigor un contrato para dicha categoría profesional en GSC o que, a pesar de no estar en vigor, éste no se hubiese extinguido mediante expediente disciplinario, pasarán a formar parte de la nueva lista de reserva que se genere en este proceso de selección, pasando a estar los primeros de la lista, en función del número de orden que tuviesen asignado en la anterior lista. Serán excluidos de este beneficio aquellos que hayan sido excluidos de la lista o renunciado a un contrato de trabajo.
Los trabajadores referidos en el párrafo anterior tendrán reconocido su derecho pasando por defecto a estar incluidos en las nuevas listas de reserva.
Los trabajadores referidos en el párrafo anterior estarán sujetos a lo dispuesto en las cláusulas relativas a llamamientos y prácticas obligatorias contenidas en las presentes bases.
Aquellos trabajadores, que por necesidades de servicio fueron contratados por la empresa de forma temporal fuera de la lista de reserva, no podrán acogerse a lo dispuesto en los párrafos anteriores, por lo que deberán participar en el proceso de selección como cualquier nuevo aspirante.
La ordenación inicial de esta lista se realizará por el orden de puntuación obtenido por los candidatos. A partir de dicho momento, quienes sean llamados y contratados retornarán a la lista de reserva en el mismo puesto que originalmente ocupa en la misma.
La inclusión en la lista de reserva no confiere a los candidatos que la conforman puesto de trabajo alguno, ya que ello sólo ocurrirá cuando surja la necesidad de la empresa en cubrir vacantes y llevar a cabo la contratación concreta.
En ese caso las comunicaciones de oferta de empleo o llamamientos se realizarán por la empresa conforme a lo señalado en el apartado Llamamientos de las presentes bases mediante llamada telefónica, SMS y correo electrónico que el candidato haya facilitado al tiempo de participar en la presente convocatoria, viniendo obligado a comunicar cualquier variación de los datos integrantes de su ficha a la Unidad de Recursos Humanos, de no verificarlo podrá pasar a situación de baja definitiva en la lista de reserva, si no pudiera ser localizado.
Décima.- Llamamientos
Cuando se precise proveer un puesto con los/as seleccionados/as en la forma prevista en estas Bases, se efectuará el llamamiento en el siguiente orden, mediante llamada telefónica, SMS y correo electrónico, según los datos de contacto contenidos en la solicitud de inscripción del/la primer/a aspirante de la correspondiente lista, debiéndose manifestar disposición a proveer la plaza que se le asigna, de igual forma.
La persona designada deberá contactar con GSC, el mismo día o antes de las 14.00 horas del día siguiente, a contar desde el envío de la comunicación por GSC, y manifestar su disposición para la contratación.
En el supuesto de que transcurrido el plazo antes referido desde el llamamiento no se haya manifestado la disposición para la contratación, se continuará con el llamamiento del siguiente candidato.
Para la formalización del contrato se deberá aportar la documentación necesaria que se le solicite al efecto, En caso de que no presente tal documentación el día hábil siguiente a la aceptación de la contratación, o esta no esté en vigor, decaerá en su derecho a la contratación y quedará excluido de la Lista de Reserva de referencia.
En el caso de que la contratación sea urgente se podrán convocar mediante los mismos medios antes referidos al menos tres candidatos, aunque la contratación deberá seguir siempre el orden de lista de reserva.
El personal seleccionado para la cobertura de puestos, que una vez producido el llamamiento no manifieste su disposición para la contratación en el plazo marcado en estas bases o renuncie a la contratación ofertada, pasará al final de la lista de reserva en tres ocasiones, tras las cuales quedará excluido definitivamente, aquellos que se encuentren como no disponibles en la lista por causa justificada y comunicada para no celebrar contratación, conservarán el puesto de prelación en la lista en estos casos.
Examinada y admitida la documentación, se celebrará el contrato de trabajo de carácter temporal procedente, previas las formalidades administrativas legalmente previstas. Los contratos se formalizarán por escrito de conformidad con las disposiciones en vigor. Una vez finalice la contratación, el aspirante volverá a ocupar su puesto en la lista, con el mismo número de orden.
Son causas justificadas para no celebrar la contratación y por tanto no estar disponibles en la lista las siguientes:
Encontrarse en Incapacidad Temporal o enfermedad común debidamente acreditada.
Encontrarse en el permiso por maternidad, paternidad, adopción o acogimiento.
Por agrupación familiar que suponga traslado fuera de la isla donde se encuentre el puesto ofertado.
Por razón de violencia de género.
Estar desempeñando cargo público o sindical.
Tener al cuidado hijos menores de 3 años, o familiares con una enfermedad grave hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Estar trabajando en otra empresa, debiendo aportar copia del contrato.
Estar desempeñando funciones para GSC en otros puestos.
Cambio de residencia que implique cambio de domicilio fuera de la isla donde se encuentre el puesto ofertado.
Una vez acreditada y admitida alguna de las causas establecidas implicará que el aspirante no estará disponible para formalizar contrato laboral hasta que no declare su voluntad en sentido contrario, que podrá ejercer en cualquier momento. El aspirante conservará su número de prelación en la lista de reserva de que se trate, respetando siempre el orden de la lista.
El candidato que siendo convocado argumente su no disponibilidad por alguna de las causas de justificación establecidas, deberá acreditar dicha causa en el plazo de 24 horas vía correo electrónico y posterior presentación del documento físico original para su cotejo máximo a las 48 horas desde el momento de ser convocado, en caso de que por cualquier causa no quede acreditado dentro del referido plazo, el candidato quedará automáticamente excluido de la lista de reserva.
Los integrantes de la Lista de Reserva también quedarán excluidos de la misma en los casos siguientes:
La no superación del período de prueba.
Por solicitud expresa del interesado.
Por la renuncia expresa al contrato de trabajo durante la vigencia del mismo, salvo que fuera para ser contratado por GSC con una categoría superior, igual o inferior a la que ostenta con motivo de otro procedimiento de selección.
Que resulte no apto en el reconocimiento médico para el desempeño de la categoría correspondiente por los servicios médicos designados por GSC.
Pérdida de alguno de los requisitos legales de acceso, producida de forma sobrevenida.
Incumplimiento de contrato por no comparecencia a su puesto de trabajo.
Extinción de la relación contractual con GSC por haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio.
Extinción de la relación contractual por jubilación o incapacidad permanente no revisable.
Pasar a contrato indefinido en la categoría objeto del presente procedimiento.
Undécima.- Información básica de protección de datos
Responsable: el responsable del tratamiento de sus datos es: GESTION DE SERVICIOS PARA LA SALUD Y SEGURIDAD EN CANARIAS S.A. – A35378066. Calle Real Del Castillo 152, 5ª Planta, 35014 – LAS PALMAS DE GRAN CANARIA (Las Palmas) Teléfono: 922238600. Web: www.gsccanarias.com. Correo-e: gscprotecciondedatos@gsccanarias.com. Contacto con el Delegado de Protección de Datos: gscdpo@gsccanarias.com .
Finalidad: Los datos serán utilizados con el objeto de formar parte de procesos de selección de personal de GSC. Los datos serán conservados el tiempo necesario para la tramitación de dicho proceso selectivo y mientras se encuentre vigente.
Legitimación: Ejecución de un contrato/precontrato y consentimiento del interesado.
Destinatarios: Los datos serán comunicados a los participantes en el proceso selectivo: lista, notas y DNI con la finalidad de dar transparencia al proceso selectivo.
Derechos: Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad y limitación o revocar el consentimiento prestado en la dirección postal o correo-e del Responsable del Tratamiento. Asimismo, los interesados tienen derecho a reclamar ante la Autoridad de Control (Agencia Española de Protección de Datos www.aepd.es).
Información Adicional: Puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de datos en la página web de GSC www.gsccanarias.com o solicitar una copia a través del correo-e gscprotecciondedatos@gsccanarias.com
DENOMINACIÓN PUESTO DE TRABAJO: Gestor de Recursos
LOCALIZACIÓN HABITUAL DE TRABAJO: Las Palmas de Gran Canaria / Santa Cruz de Tenerife
DEPENDENCIA: División del Centro Coordinador de Emergencias y Seguridad (CECOES 1-1-2). Dirección Territorial del Servicio de Urgencias Canario de la Provincia de Las Palmas. Dirección Territorial del Servicio de Urgencias Canario de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.
MISIÓN: Las funciones a desempeñar corresponderán a las actividades y responsabilidades propias de la categoría, diferenciándose entre ellas las funciones principales y secundarias.
FUNCIONES PRINCIPALES:
Conocer el estado y disponibilidad de los recursos, activarlos y realizar un seguimiento de la actuación de los recursos que interviene en los incidentes que se le asignen.
Conocer en todo momento la situación y operatividad de los recursos que dependan del servicio.
Apoyar a Técnicos Sectoriales en las labores de coordinación del centro.
Prestar apoyo al personal de coordinación y Salas Operativas directamente en una emergencia o lugar del incidente en el que se haya establecido un puesto de mando.
FUNCIONES COMUNES: El puesto de trabajo, con independencia de las funciones específicas, tendrán las siguientes funciones comunes:
Participar en las actividades formativas de la empresa, de manera que el valor personal de cada profesional pueda ser compartido con otros miembros del equipo.
Colaborar con las diferentes Unidades y Divisiones de la empresa.
Participar en las tareas de higiene, seguridad y salud laboral, así como en los planes de evacuación y protección contra incendios.
Colaborar con el resto del equipo humano en las tareas propias de éstos, así como otras que en situaciones excepcionales sean necesarias para el desarrollo del objeto social de la empresa.
REMUNERACIÓN: La remuneración bruta total se distribuye en una cantidad fija en concepto de salario base y pluses de convenio, a razón de catorce pagas (doce mensualidades y dos pagas extraordinarias: una en junio y otra en diciembre) y en una parte variable en concepto de plus por logro de objetivos trimestrales pactados y alcanzados con la empresa, de acuerdo a la evaluación del desempeño de los mismos. La cuantía de la remuneración será la establecida para la categoría en el convenio de la empresa.
JORNADA Y HORARIO DE TRABAJO: La jornada máxima anual de trabajo efectivo se fija en 1.470 horas. En la jornada anual máxima descrita ya se encuentran descontados los días de vacaciones, asuntos personales, compensación de festivos y compensación por reducción de horarios de verano y navidad. El trabajo se organizará en turnos de mañana, tarde o noche, incluyendo festivos y fines de semana. Existirá un sistema de localización durante todo el año para la cobertura de contingencias relacionadas con el puesto de trabajo, exceptuando las vacaciones anuales. No obstante, la jornada laboral puede ser modificada en el futuro, tanto con carácter general como para el puesto de trabajo concreto.
DERECHOS DE IMAGEN Y PROPIEDAD INTELECTUAL: El o la contratado/a acuerda ceder su derecho de imagen dentro del ámbito de prestación de su actividad, no pudiendo llevar a cabo, en lo que al ejercicio de su profesión se refiere, alegación alguna al respecto. GSC se reserva los derechos de propiedad intelectual de todos los trabajos y la documentación realizada por el contratado en Congresos, exposiciones, cursos u otros eventos o actividades de difusión o promoción, que tengan relación con el ejercicio de su profesión dentro del objeto de su contrato.
CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN: La persona contratada se comprometerá a guardar la confidencialidad de datos y situaciones que pudiera conocer con ocasión de su actividad. Su incumplimiento será causa de responsabilidad penal y civil. La utilización de datos tanto cualitativos como cuantitativos para la realización de estudios, estadísticas y demás toma de datos, así como la de su exposición en jornadas, congresos y demás eventos, queda supeditada a la autorización expresa de la Dirección Gerencia de GSC.
INCOMPATIBILIDAD: El/la trabajador/a se encontrará en todo momento afecto por la normativa de Incompatibilidades del personal al Servicio de la Administración Pública, por lo que no podrá prestar actividad alguna –pública o privada- sin la previa concesión de la compatibilidad por parte del órgano competente de la administración. La inobservancia de dicha regulación podrá suponer la resolución del contrato con GSC, sin perjuicio de las medidas disciplinarias que pudieran adoptarse por el órgano contratante del otro puesto de trabajo.
PERÍODO DE PRUEBA: De conformidad con lo dispuesto en el convenio colectivo, se establece para este personal un periodo de prueba de 60 días. Se considerará superado el periodo de prueba en aquellos casos en los que se efectúe actividad laboral discontinua en el puesto, siempre y cuando se supere los 60 días en un año, independientemente del número de contratos efectuados al trabajador.